viernes, 26 de abril de 2013

PREMIERES CINEMATOGÁFICAS

Una Premiere, es la primera proyección de una película en una función de estreno al público o los medios de comunicación.

Detrás de cada Premiere, trabajan un gran número de personas desde la preproducción de la película, hasta el desarrollo del evento en sí.

En este tipo de eventos, es habitual la asistencia de numerosos asistentes a las puertas del recinto de celebración, para ver en persona a sus ídolos que participan en el propio film u otros personajes públicos. Para la contención de algunos de estos asistentes con "exceso de euforia", así como la regulación del acceso, para evitar el mismo a  personas no autorizadas mediante la invitación correspondiente al evento, los organizadores confían esta tarea a empresas especializadas. Igualmente este tipo de servicios de Seguridad, son necesarios para el acompañamiento en forma de escolta al vehículo de los protagonistas evitando ser invadidos por sus fans, así como evitar por medio de visores nocturnos las grabaciones ilícitas durante la proyección en el interior de la sala.

Los profesionales de SOCAMSE, son especialistas en la cobertura de este tipo de servicios, siendo avalados por las más de 100 Premieres a nivel nacional en las que han participado.

Confiando este tipo de servicio en SOCAMSE, estará asegurando el éxito del evento.

lunes, 22 de abril de 2013

SEGURIDAD PRIVADA: LA NUEVA LEY AMPLIARÁ EL CAMPO DE ACCIÓN DE LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD


La vigilancia exterior de las cárceles y de los Centros de Internamiento de Extranjeros y la realización de labores de investigación privada hasta ahora reservadas a los detectives, son algunas de las novedades del anteproyecto de Ley de Seguridad Privada, que amplía el campo de acción de las empresas.
Pero también, según el borrador de la futura ley al que ha tenido acceso Efe, establece un mayor control de la actividad, sobre todo de los detectives, y adecúa la legislación actual a las innovaciones tecnológicas y a un sector que da trabajo a 90.000 personas y factura 3.600 millones de euros anuales.
Un texto que, según reconocen sus redactores, quiere también dar respuesta a una reivindicación histórica del sector y, así, deja claro que el personal de seguridad tendrá consideración legal de agente de la autoridad, eso sí, siempre que actúe debidamente identificado con los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ya presentó la semana pasada el borrador al Consejo de Ministros y lo ha elevado a dictamen de la Agencia Española de Protección de Datos.
La propuesta, que tendrá que volver al Consejo de Ministros y pasar luego el correspondiente trámite parlamentario, quiere aprovechar el potencial "informativo, de recursos humanos y de medios materiales" de la seguridad privada en España para "la protección y seguridad del conjunto de la ciudadanía".
Y por ello, Interior matiza en el borrador el principio general de exclusión de la seguridad privada en los espacios públicos, ya que considera que la formulación en la actual ley, que data de 1992 y es "excesivamente rígida, ha dificultado o impedido la necesaria autorización de servicios en beneficio del ciudadano".
De este modo, la iniciativa enumera las actividades que pueden desarrollar las empresas de seguridad, entre ellas "la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos".
La diferencia con la normativa todavía vigente es que ésta no hacía la precisión de "tanto públicos como privados".
Por eso, el borrador incluye la posibilidad de que las empresas privadas puedan llevar a cabo, en cooperación y bajo el mando de las fuerzas de seguridad del Estado, la vigilancia perimetral de las cárceles y de los centros de extranjeros y la vigilancia de otros edificios o instalaciones de organismos públicos.
Otra de las novedades es la obligación que establece el anteproyecto de contar con la titulación de grado universitario en la especialidad para poder ejercer como investigador privado o como director de seguridad.
Además, se contempla la posibilidad de acceder a la profesión mediante una formación reglada propuesta por el Ministerio de Educación, frente al actual sistema que regula ese acceso a través de unas normas que fija el Ministerio del Interior.
Como ya se había anunciado, la intención de Interior en el caso de los detectives privados es establecer un mayor control de sus investigaciones, por lo que tendrán que dar cuenta al ministerio de los encargos que reciben, los medios que emplean y los resultados obtenidos.
Además, deberán destruir los sonidos e imágenes grabados durante sus vigilancias un año después de la finalización de su informe.
Las medidas no han gustado a los detectives, según han expresado a Efe algunos de ellos, como tampoco que la parcela de la investigación privada reservada hasta ahora a este colectivo puedan desarrollarla cuando se apruebe la nueva ley las empresas de seguridad privada.
En la ley vigente se dejaba claro que, "en ningún caso, las empresas de seguridad podrán realizar las funciones de información e investigación propias de los detectives privados".
Según han explicado algunos detectives, las investigaciones y vigilancia que se les encargaba en exclusiva en ferias, hoteles o centros de ocio podrán ya realizarlas las empresas, lo que podría redundar en un descenso de la actividad del colectivo, de por sí ya afectada por la crisis económica.
La regulación de los servicios de videovigilancia es otro de los aspectos que prevé el anteproyecto, que insiste en la necesidad de que estos elementos se utilicen bajo los principios de proporcionalidad, idoneidad e "intervención mínima".
No se podrán utilizar, de todos modos, con fines de seguridad privada para tomar imágenes y sonidos de vías y espacios públicos o de acceso público, salvo en los términos que regula la ley de seguridad ciudadana.
Hace referencia el texto a la coordinación con las comunidades autónomas y asegura que se "afianza" la competencia exclusiva del Estado en materia normativa.
Una comunidad, Cataluña, ya ha reaccionado al borrador que, según su conseller de Interior, supone un "paso atrás" en materia competencial, y ha reivindicado para la Generalitat las competencias previstas en el Estatut de autorización, inspección y sanción en materia de seguridad privada.

lunes, 8 de abril de 2013

SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO PARA PERSONAS DEPENDIENTES



¿QUÉ ES LA AYUDA A DOMICILIO?

Es un servicio que se presta en el domicilio del beneficiario, al que acude periódicamente un profesional,
para apoyarle en tareas domésticas y en el mantenimiento de su autonomía personal.

Los objetivos de este servicio son:

• Facilitar la atención necesaria a personas o grupos familiares con dificultad en su autonomía.
• Prevenir situaciones de deterioro personal y social.
• Favorecer la adquisición de habilidades que permitan un desenvolvimiento más autónomo en la vida diaria.
• Posibilitar la integración en el entorno habitual de convivencia.
• Apoyar a grupos familiares en sus responsabilidades de atención.
• Evitar o retrasar, mientras no resulte necesario, el ingreso en un centro residencial.

¿QUIÉN PUEDE SER USUARIO DE LA AYUDA A DOMICILIO?

• Las personas de edad avanzada con dificultades en su autonomía personal y en condiciones de desventaja
social.
• Las personas con discapacidades o minusvalías que afecten significativamente a su autonomía personal.
• Los menores de edad cuyas familias no pueden proporcionarles el cuidado y atención que requieren en su propio domicilio, permitiendo esta prestación su permanencia en el mismo.
• Los grupos familiares con excesivas cargas, conflictos relacionales, situaciones sociales inestables, con  problemas derivados de trastorno psíquico o enfermedades físicas de gravedad.

¿INFLUYE LA SITUACIÓN ECONÓMICA DE CARA A OBTENER LA AYUDA A DOMICILIO SUBVENCIONADA?

Para el acceso a esta prestación, se valora la capacidad funcional y la situación socio-familiar del solicitante. La situación económica tendrá carácter complementario y servirá para fijar el orden de acceso al servicio.

¿QUÉ SE ENTIENDE POR SITUACIÓN ECONÓMICA, A LOS EFECTOS DE ESTA PRESTACIÓN?

La totalidad de los ingresos (rentas de trabajo, pensiones, prestaciones por desempleo, rentas de capital mobiliario e inmobiliario...), obtenidos por todas las personas que convivan en el mismo hogar familiar del solicitante.

¿SE PUEDE SOLICITAR AYUDA ECONÓMICA CUANDO EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO ES INSUFICIENTE?

No. En este caso habrá que acudir a los servicios sociales más especializados, que puedan resolver la necesidad concreta que plantea.

¿EXISTE EL TRÁMITE DE URGENCIA EN LA PRESTACIÓN DE LA AYUDA A DOMICILIO?

Existe un procedimiento abreviado en situaciones de urgencia por el cual, en casos suficientemente justificados, podrá autorizarse de forma provisional la atención inmediata de algún solicitante.


¿DÓNDE PUEDO PEDIR MÁS INFORMACIÓN Y TRAMITAR EL ACCESO A ESTE SERVICIO SUBVENCIONADO?

a.- En el Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento o de la Diputación, en el caso de residir en municipios de menos de 20.000 habitantes.
b.- En el Centro de Acción Social (CEAS) que le corresponda por su domicilio.
c.- En las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales