
¿CÓMO FUNCIONAN LAS EMPRESAS DE PORTEROS DE DISCOTECA?
En primer lugar señalar que los Porteros de Discoteca, en
la actualidad Controladores de Acceso, tienen 3 modalidades de contratación
para ejercer su trabajo en una sala:
1)Ser
personal autónomo y facturar sus servicios para la Sala.
2) Mediante contrato laboral por parte del local, como una persona
más de la plantilla (camarero, discjockey, etc).
3) A través de una empresa especializada.
En
referencia a la pregunta concreta: Las empresas que suministran y gestionan a
los controladores de accesos, suelen ser denominadas de “Servicios Auxiliares”,
siendo empresas totalmente legales , pero que en ningún caso son de Seguridad
Privada, las cuales tienen que cumplir una serie de requisitos y estar
registradas en el Ministerio del Interior.
Cada
empresa, como en todos los sectores, tiene un funcionamiento operativo
distinto. No obstante la operativa básica de este tipo de empresas es:
Contratación
del personal (con acreditación en caso de que sea obligatoria en la Comunidad
Autónoma donde se vaya a prestar el servicio), siguiendo unos criterios de
selección tanto del cliente (que pueda requerir un determinado perfil), como de
la propia empresa. Al trabajador seleccionado se le da de alta en la Seguridad
Social y se le realiza un contrato laboral que le vincula con la empresa (y no
con el centro de trabajo). Se envía en
los horarios estipulados al trabajador a la sala correspondiente, y,
desempeñando su función, seguirá unas
directrices previamente marcadas tanto por la empresa como por el propio
cliente. La empresa en este caso es
responsable directa del trabajador (altas, bajas, nóminas, vacaciones, etc).
Por otro lado, la empresa dotará de todos los medios necesarios para el
desarrollo del servicio (equipos de radiotransmisión, clicker cuentapersonas,
etc). De igual modo los inspectores de la empresa serán los responsables de
visitar el servicio periódicamente comprobando que todo está correcto y
atendiendo a necesidades tanto del trabajador como del cliente.
Mensualmente
la empresa envía factura correspondiente de los servicios prestados durante el
mes (que suelen basarse en número de horas trabajadas) y, en definitiva, este
es el proceso de funcionamiento de una empresa de estas características.
¿CÓMO SE CONTRATA A
UNA EMPRESA DE ESTE TIPO, O CÓMO SE CONSIGUEN CLIENTES?
Como a
cualquier otra. Se las puede localizar a través de internet, así como en otros
medios publicitarios. Igualmente este tipo de empresas, como otras, disponen de
equipos comerciales que su misión tiene
como fin la captación de clientes. Las acciones comerciales son muy variadas,
yendo desde personarse directamente en el establecimiento ofreciendo los
servicios de la empresa, como acciones publicitarias mediate mailing postal,
correos electrónicos, hasta recomendaciones simples de otros clientes (el
conocido boca a boca).
¿EXISTEN MAFIAS EN
LA ACTUALIDAD QUE EXTORSIONAN A LOS LOCALES PARA CONSEGUIR EL CONTROL DE ALGUNA
SALA?
La práctica de ciertos métodos
“ilícitos” para conseguir clientes y beneficiarse así de otro tipo de prácticas
(tráfico de estupefacientes por lo general) es muy antigua. En la actualidad,
yo diría que se ha extinguido en un 90% este tipo de prácticas ya que el
negocio está bastante más controlado. No obstante estos métodos a mi juicio
siempre existirán, pero no sólo en este Sector (más vulnerable para este tipo
de acciones), sino en otros que no vienen a cuento en este momento. Yo diría
más bien que ya se ha llevado a tal extremo –en muchos casos exagerado por
parte de los medios de comunicación- que no es tanta la “extorsión” real como
el miedo que algunos empresarios del ocio nocturno tienen a cierto tipo de personas a
quienes contratan directamente sus servicios porque creen, y sólo creen, que
contratándoles tendrán más garantías de seguridad.
¿ESTÁ USTED A FAVOR
DE LA REGULACIÓN DE LOS PORTEROS DE DISCOTECA?
Por supuesto. En estos momentos,
aunque cada vez hay más Comunidades Autónomas que se suman a la regulación –de
forma totalmente independiente-, no son todas ellas donde se exige la
acreditación para poder realizar la labor de Control de Acceso. Lo que
realmente veo patético es que cada Comunidad Autónoma, al regirse por una Ley
de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas diferente (cada
Comunidad tiene su propia Ley), la acreditación no tiene carácter nacional, por
lo que un Portero de Madrid, con su acreditación no podría trabajar en la
Comunidad Valenciana. Evidentemente dados los tiempos que corren es un gran
retraso.
¿CREEN QUE ESTÁN LO
SUFICIENTEMENTE FORMADOS LOS PORTEROS?
Ante esta pregunta entiendo que se
refiere a las Comunidades donde se exige esta formación. Mi respuesta es
relativa. Muchos de los Controladores que accedieron a sacarse la acreditación llevaban muchos años ejerciendo la profesión y, como en todos los sectores, no
es lo mismo la teoría que la práctica, por lo que los Porteros con años de
experiencia evidentemente tenían ya bastantes conocimientos adquiridos en
cuanto a horarios de apertura, derecho de admisión y hojas de reclamaciones. La formación actual que deben adquirir es complementaria, entrando en el
temario contenidos como: delitos contra las personas, tenencia de armas en
locales de pública concurrencia, derechos y deberes fundamentales en la
Constitución Española, primeros auxilios, extinción de incendios, etc.
También había muchos aspirantes que ya
disponían de la habilitación de Vigilante de Seguridad, por lo que tenían
conocimientos ya muy avanzados del temario.
La segunda parte consiste en un test psicotécnico que, concretamente en la primera convocatoria de la Comunidad de Madrid, excluyó
a un elevado porcentaje de los aspirantes.
En conclusión, reconozco que el exámen
como tal es un paripé y relativamente fácil de superar. Yo, bajo mi punto de
vista, y sólo para el objetivo que se persigue de profesionalizar el Sector,
lo hubiera complicado más. A gustos, los colores.
¿CUÁNTO GANAN LOS PORTEROS DE DISCOTECA?
En función del tipo de establecimiento y número de horas trabajadas el salario es bastante variable. Unos optan por abonar por número de horas trabajadas y otros por sesiones completas. Oscilan ente los 45 y 150 Euros, a pesar de que también hay quienes cobran más y quienes cobran menos. No obstante la media se sitúa entre 9 y 10 €/h.
SI TRABAJAN A TRAVÉS DE UNA EMPRESA, ¿EL PRECIO ES MÁS CARO O MÁS BARATO?
Por lo general para el establecimiento es algo más costoso, ya que la empresa no deja de ser una intermediaria entre el trabajador y el local. A cambio de ello, las empresas ofrecen unas garantías y calidad del servicio algo superior, ya que como valor añadido disponen de un Seguro de Responsabilidad Civil por acción u omisión, dotación de todos los medios materiales necesarios, refuerzos inmediatos ante incidencias o eventos, sustitución inmediata del personal por cualquier motivo, asesoría legal en la materia, etc. Al externalizar este servicio evita al cliente procesos de selección, costes laborales, indemnizaciones por despidos. cobertura de las vacaciones, facilidades en la forma de pago, etc.
En cuanto al personal no tiene por que cobrar menos que si lo hace de forma directa y estará siempre dado de alta en la Seguridad Social, cosa que en multitud de casos no están si trabajan directamente para la Sala. Otra ventaja para el personal es que en caso de que la Sala cierre, la empresa puede enviarle a otros servicios no perdiendo su puesto de trabajo y si se ven envueltos en algún proceso judicial durante el desempeño de sus funciones (algo habitual en determinados establecimientos, la empresa pone a su disposición asistencia jurídica gratuita.
EL SECTOR DE LOS PORTEROS, ¿EMPLEA A MUCHAS PERSONAS EN ESPAÑA?
A unas 135.000 aproximadamente sin ser cifras exactas ya que no existen estadísticas oficiales al respecto. Igualmente hay que tener en cuenta que el 70% de los Porteros en España, este trabajo lo tienen como complemento a su empleo habitual y éstos empleos suelen ser muy dispares, desde camareros hasta Vigilantes de Seguridad, oficinistas incluso abogados aunque parezca mentira.
¿HAY POLICIAS EJERCIENDO DE PORTEROS?
Siempre los ha habido, de hecho era bastante habitual. En la actualidad se ha reducido muchísimo el número de casos y erradicado prácticamente en las Comunidades donde es obligatoria la acreditación, ya que es ILEGAL al no ser compatible la labor de Control de Acceso con la policial. Lo tienen prohibido por Ley.
¿HAY MUCHO CONTROL POR PARTE DE LAS AUTORIDADES RESPECTO A LOS PORTEROS?
¿QUÉ ME PUEDE
CONTAR ACERCA DE LOS PORTEROS QUE TRABAJARON LA NOCHE DE LA TRAGEDIA DEL MADRID
ARENA? ¿ERAN PROFESIONALES O NO ESTABAN CAPACITADOS COMO DICEN?
En primer lugar, hablando con la Ley
en la mano la figura del Portero no existe, ahora es Controlador de Acceso (en
términos legales, insisto). Por lo tanto, partiendo de esa base, los
Controladores de Accesos hacen eso, controlar el acceso y no el tránsito
interno. El personal que sale en las imágenes con chalecos amarillos eran
Auxiliares y su función principal es la de apoyo e información, y en ningún
caso la Seguridad Privada, ya que para ello están los Vigilantes de Seguridad,
único personal posible encargado de la Seguridad Privada en este caso.
Igualmente debería existir un Director de Seguridad habilitado por el
Ministerio del Interior que sería el máximo responsable de la Seguridad del
Evento.
En conclusión de si el personal de Servicios
Auxiliares estaba capacitado o no para ejercer sus funciones, la respuesta es que
si, teniendo en cuenta que sus funciones
como tal no son las de Seguridad. Otra cosa distinta es que la Seguridad
general del evento no estuviera bien organizada ni coordinada, o los medios
humanos no fueran suficientes que podría hablar largo y tendido respecto al
tema también, ya que un evento de estas características, algo a lo que yo estoy
habituado a planificar con frecuencia en distintas ciudades de España, requiere
de unos protocolos muy exhaustivos en cuanto a Planes de Seguridad, Emergencia
y Evacuación, reuniones con mandos policiales y Protección Civil, aprobación de
dichos planes y posterior supervisión por parte de la Autoridad Local para el
recinto y Policia Nacional en cuanto al personal de Seguridad Privada.
¿ENTONCES LOS
PORTEROS PUEDEN TRABAJAR EN ESTE TIPO DE EVENTOS MASIVOS?
Como ya he señalado son Controladores
de Accesos a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, por
lo tanto todo lo que entre dentro de esos parámetros, pueden ejercer la función
“exclusiva” de Control de Accesos perfectamente, de hecho, para eso están, no
sólo se limitan a trabajar en Discotecas.
LOS PORTEROS DE
DISCOTECA SON AGRESIVOS: ¿REALIDAD O LEYENDA?
Mitad y
mitad. Como en todo, no es bueno generalizar. Es cierto que la deteriorada
imagen de los Porteros hace creer que todos son matones y nada más lejos de la
realidad. Hay que tener en cuenta que estos profesionales suelen ser requeridos
cada vez que, por ejemplo, se produce una reyerta, por lo que evidentemente, y
sólo a fin de separar, se encuentran en todas.
Por lo general, cuando se separan 2 grupos de forma contundente, ya que
en muchos casos es imposible hacerlo de otra forma debido al alto estado de
embriaguez u otras sustancias de los implicados, los 2 grupos se vuelven contra
los Porteros y evidentemente éstos tienen que defenderse. La violencia no es
justificable en ningún caso, salvo en legítima defensa. Como respuesta directa diría,
que como en todos los sectores los habrá agresivos y no agresivos. No obstante
hay que tener muy en cuenta que en ciertos establecimientos hay que tener
contundencia en las actuaciones ya que suele tratarse con jóvenes agresivos,
con grandes ingestas de alcohol y estupefacientes.
¿ESO SIGNIFICA QUE
LOS PORTEROS TIENEN ALGO QUE VER CON LA SEGURIDAD DEL LOCAL?
Como ya
hemos comentado, la Seguridad como tal sólo puede ser llevada a cabo por el
personal de Seguridad Privada, y los Controladores de Acceso no lo son. Si bien
es cierto que los Controladores, al margen de sus funciones, como cualquier
ciudadano de a pie, pueden y deben intervenir por razones humanitarias cuando
en este caso corra peligro la integridad física de terceros, como en el caso de
una reyerta, sólo con el objetivo de separarla.
POR LO GENERAL LOS PORTEROS ¿TIENEN QUE TENER UN MÍNIMO DE ESTATURA Y CORPULENCIA?
Antes de la regulación por lo general sí, pero no por obligación, sino por preferencia de los empresarios. Después el único requisito legal para ejercer es disponer de la acreditación donde sea obligatoria. No obstante, las Salas tienden a preferir gente corpulenta ya que la propia presencia física en muchos casos disuade ante posibles problemas.
¿HAY ALGUNA LEY QUE
OBLIGUE A DISPONER DE PORTEROS O PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA EN LAS
DISCOTECAS?
Actualmente
no, aunque se está estudiando y, al parecer, según la ANPP (Asociación Nacional
de Porteros Profesionales) ya está en trámite el disponer de una Ley la cual
exija la contratación de Vigilantes de Seguridad por cada 350 personas de
aforo, además de los Controladores de Acceso. En Andalucía ya es obligatoria la
contratación de Seguridad Privada para determinados establecimientos en función
del aforo.
Y EN CASO DE NO
DISPONER DE CONTROLADOR DE ACCESO EN LA ENTRADA DEL LOCAL, ¿QUIÉN LO REGULA?
Evidentemente
si no hay nadie que controle la puerta podrá acceder todo el mundo, ya que
nadie lo impedirá. En mi opinión es de locos hacer eso. No obstante el
propietario del local está amparado por la Ley para ejercer el derecho de
admisión en su propio establecimiento.
POR ÚLTIMO, ¿CREE
USTED QUE LOS PORTEROS POR LO GENERAL SON PROFESIONALES?
Si.
Iván Cantalapiedra
Grupo Socamse
Un reportaje de;
José María Ayala
Redactor Guia del Ocio